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Procedimiento de votación
Finalizado el proceso de información a las familias, se someterá a consulta la propuesta sobre la posible adopción del plan específico de organización de la jornada escolar. Para la aprobación por parte de las familias, será necesario el voto favorable de, al menos, el 55% de votos del censo con derecho a voto.
Es decir: CALCULA el 55% del censo de tu centro.
Ésos son los VOTOS AFIRMATIVOS que NECESITÁIS para que se os conceda la Jornada Continua.
a) El voto será directo , secreto y no delegable y se efectuará a través de la papeleta de votación.
b) La Comisión de Coordinación del proceso, a fin de facilitar la asistencia de los votantes, fijará el lugar donde se celebrará la votación y el tiempo durante el cual podrá emitirse el voto, que no podrá ser inferior a diez horas consecutivas, contadas a partir del inicio del horario lectivo correspondiente a la jornada de mañana. Asimismo, la Comisión de Coordinación del proceso establecerá los mecanismos de difusión que estime oportunos para el general conocimiento del proceso de votación.
Voto diferido
a) Las madres, los padres y los representantes legales del alumnado podrán participar en la votación enviando su voto a la mesa de votación correspondiente por correo certificado o entregándolo a la dirección del centro antes de la realización del escrutinio.
b) Para garantizar el secreto del voto, la identidad de la persona votante y evitar posibles duplicidades, se utilizará el sistema de doble sobre.
El sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la mesa de votación correspondiente, o bien, se entregará durante los cinco días hábiles anteriores al de la votación a la persona titular de la dirección del centro que lo custodiará hasta su entrega a la mesa de votación.
El sobre exterior contendrá firma manuscrita del padre, madre o tutor legal que efectúa el voto y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte, fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o carné de conducir y un segundo sobre en blanco y cerrado en cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto.
c) Las familias monoparentales o aquellas en las que sólo haya un tutor por diversas circunstancias, contarán con dos votos.
d) En caso de que el sobre para el voto diferido sea entregado a la persona titular de la dirección del centro, esta expedirá un documento con un recibo como justificante de la entrega y, elaborará una relación detallada con el nombre y apellidos de las personas votantes que será entregada a la mesa de votación, junto con todos los sobres, antes del escrutinio. Se elaborará un listado similar que incluya los sufragios por correo.
e) La mesa de votación comprobará que las personas votantes que utilizan la modalidad de voto no presencial, están incluidas en el censo y que no hayan emitido un voto presencial.
f) Los votos diferidos incorporarán terminado el periodo de votación y antes del escrutinio. Caso de observarse duplicidades entre votos recepcionados por la dirección y recibidos por correo certificado, se considerarán nulos.
g) Los votos recibidos una vez terminado el escrutinio no serán tenidos en cuenta.