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OPOSICIONES: Los aspirantes excluidos provisionalmente por Resolución de 4 de mayo de 2011 y que no estén exentos de las pruebas previas de idiomas, deberán acudir el día y hora de la convocatoria para realizar dichas pruebas, cuyo resultado quedará condicionado a la subsanación, en tiempo y forma, de la causa que motivó su exclusión. Asimismo, los aspirantes que no aparezcan ni admitidos ni excluidos en la citada Resolución ni en la consulta en web, podrán realizar las pruebas previas de idiomas en el caso de que no estén exentos, siempre y cuando acudan a la prueba con el resguardo de su instancia, quedando el resultado condicionado a la comprobación del cumplimiento de los requisitos.